Los daños causados por los vehículos sujetos a arrendamiento financiero: La responsabilidad civil de las entidades financieras

Producción científica: Contribución a una revistaArtículo (Contribución a Revista)revisión exhaustiva

Resumen

¿Debe responder civilmente la entidad financiera por los daños que los vehículos de su propiedad causen cuando se encuentran sometidos a un contrato de leasing? Este tema, de gran controversia en nuestro medio, es el objeto de estudio en este interesante trabajo. Sobre el particular, los autores manifiestan que, de acuerdo al artículo 29 de la Ley General de Transporte, las empresas financieras sí deberían responder, más aún cuando ello se condice con las funciones que desarrolla la tutela resarcitoria en el plano macrosistémico.
Idioma originalEspañol (Perú)
Número de artículo300
Páginas (desde-hasta)45-50
PublicaciónActualidad jurídica
N.º300
EstadoPublicada - nov. 2018

Palabras Clave

  • Responsabilidad civil
  • Funciones
  • Leasing
  • Accidentes de tránsito

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